Cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones, el trabajador no tiene por qué resignarse ni renunciar perdiendo derechos. En Chile existe el despido indirecto (o autodespido): una herramienta legal para poner término al contrato y reclamar indemnizaciones como si hubiese despido injustificado. En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, cuándo procede, qué pruebas necesitas, qué indemnizaciones puedes exigir y cómo dar los pasos correctos para denunciar y demandar. Si al avanzar reconoces tu situación, conversa con A&M Abogados: una revisión temprana puede marcar la diferencia.
Tabla de contenidos
- ¿Qué es el despido indirecto (autodespido) y diferencia con la renuncia?
- ¿Cuándo procede? Causales y ejemplos típicos
- Evidencia y preparación del caso
- Indemnizaciones y prestaciones reclamables
- Pasos para denunciar y demandar
- Errores frecuentes que conviene evitar
- Preguntas frecuentes
- Cómo te ayuda A&M Abogados
- Conclusión
¿Qué es el despido indirecto (autodespido) y diferencia con la renuncia?
El despido indirecto es la facultad del trabajador para terminar el contrato por culpa del empleador cuando este incurre en un incumplimiento grave. En la práctica, el trabajador “se autodespide”, pero no renuncia: declara el término del vínculo por responsabilidad del empleador y, por ello, conserva el derecho a demandar indemnizaciones similares a las de un despido injustificado.
En cambio, la renuncia es una decisión unilateral del trabajador que, salvo supuestos muy específicos, no da acceso a indemnización por años de servicio ni a recargos. Por eso, frente a atrasos de pago, cotizaciones impagas, acoso o cambios unilaterales de condiciones, renunciar suele ser un error costoso. Antes de firmar cualquier documento, pide orientación profesional: contáctanos en A&M Abogados.
¿Cuándo procede? Causales y ejemplos típicos
Cada caso debe analizarse en su contexto, pero estas son situaciones recurrentes que pueden justificar un autodespido:
- No pago, pago incompleto o reiterados atrasos de remuneraciones u horas extras.
- Cotizaciones previsionales impagas o declaradas y no pagadas (AFP, salud, seguro de cesantía).
- Maltrato, acoso laboral o vulneración de la dignidad (hostigamiento sistemático, humillaciones, represalias).
- Modificaciones unilaterales sustantivas del contrato (jornada, funciones, lugar o remuneración) sin consentimiento ni respaldo legal.
- Incumplimientos en seguridad y salud en el trabajo (falta de EPP, omisión de medidas preventivas, exposición a riesgos).
- Incumplimientos graves de otras obligaciones contractuales (exigencia de labores incompatibles, negación de permisos legalmente procedentes).
Clave: no todo problema justifica un autodespido. Debe existir un incumplimiento grave, actual y comprobable. La calidad de la prueba es determinante.

Evidencia y preparación del caso
El éxito del autodespido depende, en gran medida, de lo que puedas demostrar. Antes de enviar cualquier carta, arma una carpeta probatoria ordenada:
- Documentos laborales: contrato, anexos, reglamento interno, liquidaciones, comprobantes de pago, certificados de cotizaciones, cartolas de AFP/Isapre/Fonasa.
- Evidencia digital: correos, mensajes (WhatsApp/Teams/Slack), órdenes de jefaturas, citaciones, registros de asistencia/fichaje.
- Registros económicos: transferencias, recibos, boletas, respaldos de viáticos, horas extras no pagadas.
- Testigos: compañeros o superiores que presenciaron hechos relevantes.
- Salud y ambiente: licencias médicas, diagnósticos de estrés, reportes a mutual o comité paritario.
- Bitácora personal: cronología con fechas, lugares, personas y efectos (qué pasó, quién lo vio, cómo te afectó).
Respalda todo en formato digital (PDF o fotos legibles) y evita usar correos corporativos para almacenar evidencia. Si necesitas apoyo para evaluar si tu evidencia es suficiente, conversemos tu caso.
Indemnizaciones y prestaciones reclamables
Si el tribunal acoge el autodespido, el empleador puede ser condenado a pagar, entre otros conceptos:
- Indemnización por años de servicio (con tope legal aplicable y según antigüedad).
- Indemnización sustitutiva de aviso previo, cuando proceda.
- Feriado legal y proporcional no utilizado.
- Cotizaciones previsionales adeudadas, con reajustes e intereses.
- Recargos legales asociados al despido injustificado, que pueden aumentar el monto a pagar.
- Acciones complementarias cuando corresponda (por ejemplo, tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales).
El cálculo concreto depende de tu remuneración, antigüedad, causal invocada y prueba disponible. Una evaluación profesional permite estimar un rango realista y diseñar la estrategia probatoria. ¿Quieres una proyección preliminar? Solicita una evaluación inicial con A&M Abogados.
Pasos para denunciar y demandar
El proceso tiene plazos acotados y exige orden. Una ruta típica es:
- Consulta legal temprana: valida si los hechos calzan con una causal de autodespido y si tu carpeta probatoria es suficiente. A veces conviene requerir certificados (p. ej., cotizaciones) antes de mover la pieza principal.
- Carta de autodespido: documento formal al empleador que describe hechos y fundamenta la causal. Su redacción define el marco del juicio. Evita plantillas genéricas.
- Gestiones ante la autoridad laboral: según estrategia, dejar constancia, pedir fiscalización o mediación. No reemplaza la demanda, pero fortalece la prueba.
- Demanda laboral: se presenta ante el tribunal competente dentro de los plazos legales. Se acompañan documentos, se ofrecen testigos y se fundamentan pretensiones indemnizatorias.
- Audiencias y prueba: coherencia del relato, calidad de la documentación y consistencia con la carta suelen inclinar la balanza.
- Sentencia y cumplimiento: si se acoge, se gestionan pagos efectivos con reajustes, intereses y costas cuando proceda.
Importante: no abandones el trabajo sin orientación. En muchos casos conviene planificar el envío de la carta y el término del vínculo de un modo que proteja mejor tus derechos. Si necesitas trazar la estrategia, agenda una consulta con A&M Abogados.

Errores frecuentes que conviene evitar
- Renunciar por presión o cansancio sin evaluar el autodespido.
- Enviar una carta vaga o mal fundamentada que limite luego tu demanda.
- No resguardar evidencia o perder acceso a correos y archivos.
- Esperar demasiado: los plazos laborales son breves y corren rápido.
- Aceptar acuerdos verbales sin respaldo escrito que diluyen la solución.
- Litigar sin estrategia: testigos mal preparados, documentos sin cadena de custodia, relatos inconsistentes.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si el empleador regulariza pagos o cotizaciones después?
Puede ayudar, pero no borra automáticamente el incumplimiento ni sus efectos. El tribunal evalúa lo ocurrido y su gravedad, no solo lo que pase tras la carta.
¿Puedo autodespedirme si no tengo contrato escrito?
Sí. La relación laboral puede acreditarse por hechos (asistencia, subordinación, pago de remuneraciones). La falta de contrato no te deja sin derechos.
¿Puedo arrepentirme después de enviar la carta?
Es complejo. La carta produce efectos y será analizada en juicio. Antes de enviarla, busca asesoría y revisa la estrategia completa.
Trabajo a honorarios, ¿puedo autodespedirme?
En principio el autodespido aplica a relaciones laborales. Si hay rasgos de subordinación y dependencia, puede plantearse la existencia de vínculo laboral, pero requiere análisis detallado.
Cómo te ayuda A&M Abogados
En A&M Abogados unimos experiencia litigando casos de autodespido y una metodología probatoria clara. Revisamos documentos, ordenamos tu cronología, proyectamos el escenario indemnizatorio y definimos tácticas según tus objetivos (tiempos, exposición, posibilidades de acuerdo). Si estás viviendo atrasos de pago, cambios unilaterales, hostigamiento o cotizaciones impagas, no tomes decisiones en solitario.
- Evaluación inicial confidencial: causal y evidencias.
- Redacción estratégica de la carta: precisa, coherente y alineada con la demanda.
- Plan de prueba: testigos, documentos, refuerzos periciales cuando corresponda.
- Negociación y juicio: buscamos el mejor resultado posible para tu caso.
¿Quieres avanzar con certeza? Contáctanos hoy y definamos juntos los siguientes pasos.
Conclusión
El autodespido no es una renuncia “disfrazada”: es la vía legal para terminar la relación laboral por culpa del empleador y acceder a indemnizaciones. Para que prospere, necesitas fundamentos sólidos, evidencia ordenada y una carta bien redactada. Evita actuar por impulso, cuida los plazos y busca apoyo profesional. Si algo de lo que leíste se parece a tu realidad, cuenta con A&M Abogados para evaluar tu caso y planificar el siguiente paso con serenidad y estrategia.